La incapacidad laboral permanente es algo que puede afectar a cualquier trabajador. Es una realidad un poco complicada que limita o anula la capacidad para desempeñar actividades laborales por enfermedad o accidente.
Su solicitud es un proceso que exige una comprensión detallada de sus fases y requisitos.
¿Qué es una incapacidad laboral permanente y qué grados tiene?
La incapacidad laboral permanente es una prestación económica de la Seguridad Social con la que se cubre la pérdida de ingresos cuando no es posible trabajar por enfermedad o accidente.
Y según el alcance del problema de salud que se tenga, hay 4 tipos:
- Parcial. Se concede cuando hay incapacitación para desarrollar el trabajo habitual, siendo la reducción máxima de un 33 %.
- Total. Esta incapacidad se da cuando no se puede seguir trabajando en el oficio de siempre, pero sí se puede hacerlo en otro trabajo.
- Absoluta. Es la incapacidad que se concede cuando es imposible hacer cualquier tipo de trabajo.
- Gran invalidez. Se da cuando se necesita ayuda de otra persona para hacer cualquier tipo de labor básica.
A la hora de optar por una de estas prestaciones, toca seguir unos pasos: te los contamos.
Los documentos para pedir la baja por incapacidad laboral
Al pedir una baja por incapacidad permanente y absoluta siempre solicitan, de primeras, la siguiente documentación:
- Personales. El DNI y el historial médico.
- Laborales. Dependiendo de si el trabajador es asalariado o autónomo, le pedirán, bien su contrato de trabajo, o bien su alta en la Seguridad Social.
- Formulario de incapacidad permanente. El solicitante también tendrá que rellenar y presentar el formulario oficial de solicitud de incapacidad permanente que puede conseguir en esta página.
Lo siguiente que necesitará, y casi que lo más importante, es un informe médico que respalde su incapacidad.
El informe médico: la clave para conseguir la incapacidad laboral permanente
El informe médico es el documento que va a acreditar que, efectivamente, el solicitante no puede trabajar. Y lo primero que tiene que hacer para conseguirlo, es pedir una cita con el médico en su centro de la Seguridad Social o hablar con su seguro.
Al hablar con ellos, hay que explicar que se necesita ese informe para respaldar la solicitud de incapacidad permanente y absoluta. ¡Sencillo y al grano!
La evaluación médica y su resolución
Tras papeleo, la evaluación médica y el dictamen final suele ser lo más estresante de todo este proceso.
- Cita médica. El doctor de la Seguridad Social o los médicos del seguro citan al solicitante para una exploración. Al principio les tendrá que decir qué es lo que le ocurre: hay que contarle al doctor todos los detalles. Si no lo hace, puede que el informe no recoja sus dolencias y no le den la incapacidad.
Tras ello, le harán un chequeo físico y revisarán su historial clínico. Y lo mismo, en función de sus dolencias, es posible que le pidan más pruebas. Algunas de ellas, dependiendo de su dolencia, son estudios de imagen o análisis de sangre.
- Informe médico. Cuando la exploración médica haya terminada, el doctor rellenará un informe en el que explicará su estado de salud y cómo le afecta a la hora de trabajar. Vamos, que es el documento que va a respaldar o no su solicitud de incapacidad laboral permanente. Pero la cosa no acaba aquí, ya que la decisión de si le van a conceder la baja o no, no dependerá de su doctor.
- Evaluación del equipo de valoración de incapacidades (EVI). Es el equipo que se encarga de revisar tanto el informe médico como tu historial laboral. ¿Y para qué? Pues como habrás deducido, para redactar la carta de resolución de incapacidad permanente.
En este dictamen decidirán si le dan la baja de incapacidad laboral permanente y en qué nivel. Pero ojo, porque no es definitivo. Si el solicitante no está conforme con la resolución, tendrá la oportunidad de presentar argumentos y pruebas adicionales.
- Director provincial de INSS. Tras presentar nuevos argumentos, la patata caliente pasará entonces al director provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Será quien, tras estudiar el dictamen del EVI y el informe con las alegaciones del solicitante, tenga la última palabra.
Plazos para solicitar incapacidad laboral permanente y para su resolución
Importante: no hay un plazo fijo para solicitar la incapacidad laboral permanente después de enfermar. Pero lo suyo es que, por sentido común, sea cuanto antes mejor.
Piensa que, si se deja pasar mucho tiempo, el estado de salud puede empeorar si se sigue yendo al curro. Y si se deja de ir mucho tiempo sin la baja, puede que en la empresa se mosqueen con el trabajador. ¡Y nadie quiere que eso pase!
Y más sobre plazos: recibir la resolución del EVI no debería de llevar mucho tiempo si el caso es simple. Pero, si es complejo, la ley dice que se puede recibir la respuesta definitiva en un tope de 135 días.
Por eso, hay veces en las que es recomendable contar orientación legal para agilizar el tema. O mejor aún: anticiparse a lo que pueda pasar y tener un seguro de vida.
Así que aquí lo tienes. Esta es la información más actualizada sobre los requisitos y documentos para solicitar la baja por incapacidad laboral. Y ya que has llegado hasta aquí, te invitamos a que le eches un vistazo a nuestro seguro de vida ⬇️
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