Un certificado de seguro de vida no es exactamente lo mismo que uno de últimas voluntades o que un testamento. Si no te quedan claros estos conceptos, nosotros te explicaremos las características de cada documento para que tus herederos no tengan ningún problema el día que lo necesiten.
¿Qué es el certificado de últimas voluntades y qué es un seguro de vida?
Vamos por partes. Un certificado de últimas voluntades en España acredita que has dejado un testamento ante notario y, normalmente, especifica dónde puede encontrarse. Sin este documento, no es posible realizar ninguna gestión relativa a tu herencia.
En todo caso, cualquier seguro debe notificarse al Registro de Últimas Voluntades. Este organismo depende del Ministerio de Justicia y es el que se encarga de ir actualizando los certificados anteriores que van llegando.
¿Es un testamento?
No. Por ello, es conveniente distinguir las peculiaridades de ambas alternativas.
El certificado de últimas voluntades explica cómo quieres que se reparta tu herencia, además de otros aspectos como:
- La forma de informar sobre tu fallecimiento.
- El tipo de funeral que quieres.
- Añadir si deseas donar tus órganos.
- Decidir sobre tu información en Internet.
- Certificar que existe un testamento.
Por su parte, un testamento solo indica quienes son tus herederos y cómo te gustaría distribuir tu herencia. Es más, a la hora de comenzar el reparto, el certificado de últimas voluntades prevalece sobre el testamento.
¿Quién puede solicitarlo?
He aquí la pregunta del millón de euros. Imagina que la persona fallecida tenía un seguro de vida para familias.
Para saber si existe un certificado de seguro de vida, de últimas voluntades o un testamento, has de solicitar esta información.
Pasos para presentar la solicitud
En el caso del certificado de las últimas voluntades, tienes que esperar 15 días, exceptuando los fines de semana y los festivos, para comenzar el trámite.
Has de acudir a la gerencia territorial correspondiente o a la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Igualmente, tienes la posibilidad de presentar la solicitud enviándole un correo al Registro General de Actos de Última Voluntad o llevar a cabo el proceso en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Los requisitos son:
- Entregar completado el modelo 790 y realizar el abono de la tasa (3,78 euros).
- Adjuntar el certificado literal de defunción que expide por el Registro Civil de la ciudad donde se produjo el deceso. En el documento deben constar los padres de la persona y se admite tanto el original como la copia compulsada.
- Si la defunción no se ha registrado en un juzgado de paz, es posible consignar el NIE o DNI de quien ha fallecido. Este supuesto se emplea cuando el/la fallecido/a no es español/a.
Este documento lo recibirás entre cinco y 10 días. Te recomendamos la opción telemática para acortar el plazo de entrega. En lo que respecta al certificado de seguro de vida, el proceso es el siguiente:
- Contacta con Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento gestionado por el Ministerio de Justicia.
- Aporta el DNI o NIE de la persona fallecida para que se pueda realizar la comprobación.
De esta manera, podrás descargar el certificado de seguro de vida para imprimirlo y utilizarlo para las gestiones necesarias.
¿Qué ocurre si se producen dos solicitudes al mismo tiempo?
Que el Registro de Últimas Voluntades se encarga de detectar que se ha solicitado la misma herencia dos veces.
Lo habitual es que se le indique a uno de los notarios que no tramite la declaración de herederos. Así, el cobro del seguro de vida y el reparto de la herencia será correcto. En cuanto la aseguradora abona la indemnización contratada, se procede a eliminar los datos del registro para que no sea posible solicitarlo nuevamente.
¿Puedes comprobar, en vida, que tu seguro está registrado?
Sí. Solo tienes que ir al Ministerio de Justicia y presentar una solicitud. De encontrar algún error, debes corregirlo ante tu aseguradora para que ellos realicen las modificaciones necesarias en el antedicho registro. De este modo, te irás tranquilo/a de este mundo (dentro de mucho tiempo) sabiendo que los beneficiarios de tu póliza la cobrarán y disfrutan de tu legado.
Llegados a este punto, esperamos haberte expuesto con claridad qué es el certificado de seguro de vida y qué lo diferencia del testamento.
Como ves, tienes la posibilidad de gestionar tu herencia de la forma que prefieras con antelación y, así, evitar posibles problemas o malentendidos. Sea cual sea tu caso, elige la mejor alternativa para tu caso particular.
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