En Zurich Klinc, nos preocupamos por ti y queremos que estés al día de todas las novedades relacionadas con la conducción y el mundo de los seguros de coche. Por eso, queremos compartir esta última hora tan importante contigo.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Madrid ha abierto un nuevo capítulo en todo lo relacionado con las multas en España tras haber dictado un fallo histórico: a partir de hoy y, en contra de lo que venía haciéndose, solamente se podrá multar o restar puntos si se identifica al conductor del vehículo.
La controversia en torno si era lícito o no multar sin identificar al conductor estalló cuando un helicóptero de la DGT detectó a un coche transitando a 160 kilómetros por hora en una vía donde la velocidad máxima es de 120 kilómetros por hora. El conductor instó a su abogado a recurrir la sanción y el Juzgado le ha dado la razón.
Argumentando que, sin efectuar una identificación es imposible asegurar a ciencia cierta que el conductor penalizado es quien realmente ha cometido la falta, prevalece la presunción de inocencia ante cualquier otro criterio. De esta manera, se sienta precedente para casos similares haciendo inviable multar a conductores sin haber llevado a cabo ese trámite.
No obstante, todos sabemos que la mejor fórmula para que no nos multen es respetar las normas de tráfico, por lo que desde Zurich Klinc siempre recomendamos conducir de forma responsable.
Esperamos que esta información te haya sido útil.